| 1.- La
Ley de Excepción ...
LEY QUE PRORROGA LA LEY #250 - LEY DE INCENTIVOS MIGRATORIOS
I
CONSIDERANDO
Que habiendo Nicaragüense Residiendo en el Exterior
con ánimo de regresar a su Patria para contribuir con el desarrollo,
el cambio y reconstrucción de este País.
II
CONSIDERANDO
Es oportuno conceder un período adicional para
hacer realidad el sueño de los Nicaragüenses residiendo en
el exterior de volver a su patria.
EN USO DE SUS FACULTADES.
HA DICTADO
Ley que prorroga la Ley #250 - Ley de incentivo
Migratorio.
Artículo 1, prorrógase la Ley #250, Ley de incentivo
Migratorio, Publicada en la gaceta #52 del 14 de Mayo de 1997
por un año.
Artículo 2, la presente Ley entrará en Vigencia
a partir de su Publicación en la Gaceta Diario Oficial.
Dado en la Ciudad de Managua a los Diez días
del mes de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Nueve.
Por tanto tengase como Ley De La República,
publíquese y ejecútese.-
ARNOLDO ALEMAN LACAYO.- Presidente de la República. |